La Asamblea de Madrid ha aprobado la Proposición de Ley presentada por Ciudadanos para regular el ejercicio de profesiones deportivas. El líder de Ciudadanos en Madrid, Ignacio Aguado, presentó este proyecto hace casi un año con la finalidad "garantizar una correcta formación de los profesionales deportivos así como reducir el intrusismo en el sector".
En concreto, señalaba que "casi el 40% de las personas que prestan servicios deportivos no poseen ninguna titulación, mientras que el 30% de las personas que trabajan en este sector actualmente lo hace sin contrato […] Esta Ley contribuye a que existan unas reglas de juego iguales para todos, donde se potencie la calidad y la competitividad de los servicios deportivos y se evite la competencia desleal".
Ciudadanos plantea la ordenación de las siguientes profesiones: monitor deportivo, entrenador deportivo, preparador físico, director deportivo y profesor de educación física. Sólo los árbitros, por estar federados, quedan fuera de esta regulación, según el texto finalmente consensuado con los grupos políticos. La ley define y delimita las profesiones del deporte concretando las competencias y explicando los títulos académicos que se requerirán para su ejercicio:
- Así, entre otros aspectos, para ejercer de monitor deportivo se exigirá el título de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas o el grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte. A ello se añade el título de la especialidad.
- Asimismo, los entrenadores necesitarán tener la titulación de Técnico Deportivo Superior de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente o Técnico Deportivo de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente.
- Para ejercer de preparador físico necesitará el grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
- El director deportivo necesitará la titulación en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte.
- Finalmente, el profesor de Educación Física deberá tener la titulación que exija la normativa.
Todos estos títulos sufren modificaciones dependiendo de si uno se dedica a ello de forma profesional o no. La norma fija un periodo transitorio de seis años para la regulación de profesionales y 12 en casos muy específicos. En determinados supuestos, la acreditación de las competencias para el ejercicio de las profesiones no sólo puede realizarse mediante los títulos académicos sino también a través de otras titulaciones, acreditaciones o certificados homologables.
Barrera de entrada
Tal y como explica el economista Jesús Fernández-Villaverde en Fedea, "un principio básico sobre el que se basa nuestro derecho (nacional y europeo) es que el ejercicio de una profesión ha de ser libre y solo sometido a unos criterios básicos (fiscales, etc.) a menos que existan razones claras en contrario".
Así, según la CNMC, "el acceso a una profesión y su ejercicio solo puede limitarse con carácter excepcional, debiendo motivarse en una Ley la adecuación a los principios de necesidad, proporcionalidad y no discriminación".
Ninguna de estos principios podrían aplicarse a las profesiones deportivas. Según Villaverde, "no es suficiente decir necesitamos una regulación. Uno tiene que demostrar que los mecanismos normales del mercado y del ordenamiento jurídico (reputación, derecho de contratos, responsabilidad civil, etc.) no cumplen adecuadamente su cometido; no perfectamente (pues nada hay perfecto en los afanes humanos), adecuadamente. No es lo mismo regular a un cirujano que a un economista, ni por la complejidad de sus cometidos ni por las consecuencias del ejercicio profesional incorrecto".
En segundo lugar, la regulación ha de ser "proporcionada" al objetivo buscado. "De nuevo, no es lo mismo regular a un cirujano que a un manipulador de alimentos en una cocina. Al primero le podemos pedir, con razón, muchos años de estudio. Al segundo, un cursillo de unas horas de higiene básica", aclara.
"La mayoría de las profesiones no deberían de estar reguladas en absoluto […] ¿Existe alguna evidencia seria de que las profesiones deportivas en Madrid no funcionan correctamente y que la intervención pública va a mejorar el funcionamiento de este mercado? [...] La realidad es que ni existe evidencia de que el mercado deportivo no funcione adecuadamente ni evidencia de que la intervención pública mejore nada", añade.
Villaverde advierte de que "las regulaciones como ésta, casi siempre, son simplemente esfuerzos para levantar barreras de entrada en el mercado, limitar la competencia y reducir el bienestar de casi todos a favor del interés de unos pocos".
"Cuando alguien menciona la palabra intrusismo es prueba de que lo que se trata es de limitar la competencia. No hay nada más castizo, más viejuno y más sinsentido que el término intrusismo, es pura mentalidad de estanco decimonónico o de sindicato vertical tardofranquista. Y lo de competencia desleales ya de Juan Antonio Suanzes puro", concluye el economista.
"No conozco los motivos detrás de esta prioridad peregrina de Ciudadanos de regular las profesiones deportivas en Madrid, pero Ignacio Aguado está dejando claro que es un enemigo del bienestar de los madrileños. Aguado no entiende ni cómo funciona una economía de mercado ni cuáles son los principios básicos de la regulación y su labor legislativa se basa en reducir el crecimiento económico y la productividad de los habitantes de la comunidad de la capital de España. Para ese viaje no hacían falta las alforjas de un nuevo partido: el PP y el PSOE no parecían precisar de ayuda extra".