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Podemos vende humo con su Ley 25 de emergencia social

Las medidas urgentes de "rescate ciudadano" que anunció Podemos o bien están en vigor o ya están siendo desarrolladas en la práctica.

Las medidas urgentes de "rescate ciudadano" que anunció Podemos o bien están en vigor o ya están siendo desarrolladas en la práctica.

El partido que lidera Pablo Iglesias ha logrado centrar de nuevo la atención mediática en los últimos días tras anunciar que presentará en el Congreso, el mismo día de su constitución -el próximo 13 de enero-, la denominada Ley 25 de emergencia social con el fin de proteger a las familias más vulnerables. Sin embargo, la polvareda inicial que ha levantado esta iniciativa se ha terminado convirtiendo en puro humo, ya que incluye medidas que o bien están en vigor o bien, en la práctica, están siendo implementadas en mayor o menor grado.

En un primer momento, se pensó que la polémica Ley 25 también incluiría la puesta en marcha de una nueva renta garantizada, un ingreso mínimo para los hogares con escasos recursos muy similar a las rentas mínimas de inserción que ya están vigentes, y cuyo coste Podemos estima en unos 15.000 millones de euros en sus dos primeros años de funcionamiento. Pero el partido de Iglesias aclaró después que dicho programa se desarrollaría por separado.

Así pues, a la espera de conocer la propuesta definitiva que presentará en el Congreso, la Ley 25 recién anunciada por Podemos se resume en cuatro puntos básicos, según la carta que el propio Iglesias remitió a los diputados electos:

  • Prohibir "los desalojos forzosos sin alternativa habitacional".
  • Introducir un "procedimiento simplificado de reestructuración y cancelación de la deuda hipotecaria de los hogares".
  • "Garantizar por ley que no se cortará la electricidad ni el gas en casos de pobreza sobrevenida".
  • Prohibir los copagos farmacéuticos en "todo el territorio estatal".

Moratoria en los desahucios

En cuanto al primer punto, el PP prorrogó otros dos años, hasta 2017, el periodo de suspensión de lanzamientos sobre viviendas habituales de colectivos especialmente vulnerables, cuya vigencia vencía el pasado mayo. No es una medida universal y tampoco se aplica a los impagos de alquiler, tal y como pretende Podemos, pero ha paralizado temporalmente los desahucios de primera vivienda en el caso de las familias más vulnerables.

Por un lado, el Ejecutivo flexibilizó los criterios que dan acceso al Código de Buenas Prácticas para deudores hipotecarios e incrementó el número de potenciales beneficiarios, elevando el límite anual de renta familiar hasta rozar los 22.400 euros en 2015, incluyendo a los mayores de 60 años o ampliando el valor máximo de los inmuebles a 300.000 euros.

Ley de segunda oportunidad

La citada prórroga para suspender los desahucios se incluyó en el decreto ley de "segunda oportunidad" para particulares que entró en vigor el pasado julio, y cuyo contenido es idéntico al plan de reestructuración de deudas que plantea Podemos en su Ley 25.

Así, tal y como señala el economista Juan Ramón Rallo, la propuesta de Podemos no incluye "ninguna novedad" con respecto a la Ley 25/2015 que aprobó el Gobierno del PP, puesto que "establece prácticamente el mismo procedimiento que, a modo de revolucionaria y urgente novedad, pretende (re)aprobar ahora Podemos".

La normativa vigente ya contempla que "aquellas familias sin ingresos y en situación de quiebra -aquellas cuyas deudas superen sus activos- podrán ver exoneradas sus deudas insatisfechas mediante una resolución judicial siempre que, con anterioridad, hayan intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial", aclara Rallo.

Además, la reestructuración puede llegar a abarcar la totalidad de la deuda hipotecaria a cambio de la entrega del inmueble que actuaba como garantía, permitiendo así la dación en pago, tal y como reza el propio texto:

2.º Respecto a los créditos enumerados en el artículo 90.1, la parte de los mismos que no haya podido satisfacerse con la ejecución de la garantía quedará exonerada salvo que quedara incluida, según su naturaleza, en alguna categoría distinta a la de crédito ordinario o subordinado.

Suspensión de los cortes de luz

En materia energética, la carta de Iglesias incluye dos puntos:

1. No se procederá al corte de suministro de electricidad o gas cuando se trate de la vivienda habitual del suministrado y cuando el impago de la factura sea debido a motivos ajenos a su voluntad y, en particular, por pobreza sobrevenida.

2. Se satisfarán unos mínimos vitales de electricidad y gas a aquellos hogares que lo necesiten.

Sin embargo, en España ya existe un "bono social" vigente desde 2009 que aplica importantes descuentos en la tarifa subvencionada a parados, familias numerosas y mayores de 60 años. Además, en los últimos meses, las principales eléctricas han alcanzado numerosos acuerdos con las administraciones públicas a nivel local y regional para evitar los cortes de suministro en caso de impago.

Así, por ejemplo, Iberdrola calcula que el 80% de sus clientes residenciales ya se encuentra protegido ante la suspensión del suministro eléctrico o de gas por impago, gracias a los distintos convenios firmados con la Administración y al propio procedimiento puesto en marcha por la propia compañía en 2015 para atender a los consumidores vulnerables. En concreto, esta particular cobertura ya alcanza a más de 5,2 millones de clientes residenciales de un total de 6,5 millones.

Desde el pasado mes de julio, Iberdrola ha firmado 13 convenios con comunidades autónomas y ayuntamientos para la protección de estos clientes y mantiene negociaciones en curso con el resto de las comunidades autónomas y numerosos consistorios de cara a extender la protección a la práctica totalidad de sus clientes domésticos en España.

Endesa, por su parte, cuenta con más de 90 acuerdos con diferentes ayuntamientos y organismos públicos para evitar el corte de suministro a familias en situación vulnerable desde 2013, cubriendo, en total, a una población de más de 3,3 millones de hogares y 9 millones de personas.

Copago farmacéutico muy limitado

Así pues, en la práctica, la Ley 25 de Podemos se traduciría, básicamente, en eliminación total de los copagos farmacéuticos. Pese a ello, cabe recordar que dichas tasas tan sólo se aplican a partir de un determinado nivel de renta, fijándose además un límite máximo al mes, de modo que afecta a las familias sin recursos ni a los pensionistas con bajos ingresos. Y ello, sin contar que varias CCAA han atenuado o eludido la aplicación de dichos copagos mediante diversas medidas.

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