A lo largo de los últimos meses, los Tribunales Superiores de Justicia de varias autonomías han fallado de forma unánime y reiterada contra la aplicación de la Plusvalía Municipal. La Justicia considera que este gravamen no puede aplicarse al no existir incremento de valor en los terrenos e inmuebles que se han comprado y vendido a lo largo de los últimos años.
Esta vía judicial abre la puerta a millonarias devoluciones que beneficiarían a los contribuyentes que han pagado esta tasa a lo largo de la crisis. Solamente entre 2010 y 2014, las Administraciones locales habrían cobrado 4.400 millones de euros por la aplicación de este tributo, por lo que el pronunciamiento del TSJ en regiones como Andalucía, Comunidad Valenciana, Madrid o País Vasco no es, ni mucho menos, una cuestión menor.
De acuerdo con estas sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia, no hay hecho imponible susceptible de ser gravado, pues la transmisión de los activos inmobiliarios no ha venido rindiendo ningún beneficio, sino que se ha dado en un contexto de pérdidas motivado por la caída de los precios.
Posible inconstitucionalidad
Las dudas sobre la Plusvalía Municipal no solamente están relacionadas con su cobro durante la crisis, en un contexto de desplome de los precios inmobiliarios. También existen dudas sobre la constitucionalidad de este tributo, planteada por un juzgado de San Sebastián.
La causa elevada al TC desde los juzgados del País Vasco se apoya en el principio de capacidad económica, pero también en el mecanismo empleado para calcular este gravamen.