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Bermúdez propone juzgar a ocho exdirectivos de la CAM por cobrar 47 millones de forma indebida

Les acusa de falseamiento de las cuentas, apropiación indebida o administración desleal y falsedad en documento mercantil.

Les acusa de falseamiento de las cuentas, apropiación indebida o administración desleal y falsedad en documento mercantil.

El juez de la Audiencia Nacional Javier Gómez Bermúdez ha finalizado la investigación sobre la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) y ha propuesto juzgar a ocho antiguos directivos de la caja, entre ellos su expresidente Modesto Crespo, a los que atribuye tres delitos por la quiebra de la entidad, que tuvo que ser rescatada en junio de 2011.

Así consta en un auto de transformación en procedimiento abreviado, equivalente al procesamiento, en el que el magistrado propone sentar en el banquillo, además de a Crespo, a los ex directores generales Roberto López Abad y María Dolores Amorós y al ex director general de Recursos Vicente Soriano Terol.

También propone juzgar al exdirector de Planificación y Control Teófilo Sogorb y a los antiguos responsables de Inversiones y Riesgo, Francisco José Martínez; Financiación y Gestión de Líquidez, Juan Luis Sabater; e Información Financiera, Salvador Ochoa.

El juez, que destaca que los estados financieros de la CAM en 2010 y el primer semestre de 2011 "no reflejaban la imagen fiel de la entidad", atribuye a todos ellos los delitos de falseamiento de las cuentas anuales u otros documentos que deban reflejar la situación de la sociedad, apropiación indebida o administración desleal y falsedad en documento mercantil.

El magistrado, que da diez días a la Fiscalía y a la acusación particular para que formulen escrito de acusación o soliciten el sobreseimiento, señala que el balance correspondiente al año 2010 "debería haber sido menor" en 210,3 millones de euros después de impuestos, ya que se produjo una "indebida liberación de provisiones ligadas a préstamos titulizados".

De la misma forma, los gestores de la CAM habrían contabilizado "de forma irregular" el reparto de dividendos de las sociedades filiales de la entidad y la dotación relativa al fondo de prejubilaciones, con "un efecto perturbador respecto de la imagen fiel de la situación económica de la entidad".

"Esta alteración de la imagen fiel de la entidad se hizo en ejecución de un plan concertado por el comité de dirección y su finalidad era la integración en el SIP y posterior fusión con otras cajas de ahorros para diluir el verdadero estado de la caja, así como poder cobrar los incentivos por resultados y otros complementos ligados a la buena marcha de la entidad, ocasionándole así un perjuicio", señala el auto.

Entre las operaciones financiero-contables que permitieron la manipulación de las cuentas de la entidad en 2010 se encuentran la baja de "las provisiones relativas a créditos titulizados de deuda de muy baja calidad y, a sabiendas, contabilizó de forma incorrecta un contrato de SWAP --permuta financiera--, ocultando la existencia de opciones de compra.

Una imagen "distorsionada"

El juez Gómez Bermúdez también señala que los balances de 2011 no reflejaban "la situación crítica" de la caja alicantina y ofrecían una "imagen distorsionada", al aparentar unos beneficios de unos 60 millones de euros cuando en realidad presentaba "unas pérdidas por importe de 1.136 millones de euros".
El auto también recuerda que el 27 de mayo de 2011, "fracasado el intento de fusión con otras entidades", Amorós presentó un balance sobre el primer trimestre del año que odrecía un beneficio consolidado de 39,8 millones de euros. El resultado del primer semestre del año, presentado por Amorós y Sogorb, elevaba el beneficio a 65,3 millones.
"Estos estados financieros intermedios de 2011 ocultaban la situación real de la CAM y, al ser remitidos tanto al Banco de España como a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), que los publicó, agravaron la situación de insolvencia de la entidad, perjudicaron a inversores y demoró la adopción de las medidas necesarias para evitar lo que finalmente ocurrió: la inyección de 5.249 millones de euros de dinero público por el Fondo de Garantía de Depósitos, para evitar el riesgo que suponía para el sistema financiero español", señala el auto.

Prejubilaciones e incentivos

Gómez Bermúdez también apunta que los imputados ocultaron, de forma "consciente", a una consultora externa que seis miembros de su comité de dirección se habían adherido al programa de reestructuración de la plantilla para prejubilarse, con lo cual se dejaron de contabilizar unas pérdidas de 15,5 millones de euros en el balance de 2010.

En el siguiente ejercicio los gestores de la CAM volvieron a ocultar este coste mediante "la argucia de hacer la dotración contra un fondo establecido en el año 2015". Por último, tras el fracaso de la fusión con otras cajas, se aprobó la ampliación del expediente de regulación de empleo (ERE) "sin que se dotaran 50,19 millones de euros que debían aparecer en las cuentas formuladas el 30 de junio de 2011".

El juez instructor detalla, además, que los imputados, sin acuerdo del Consejo de Administración, variaron en su propio beneficio la cobertura de una "prestación adicional" que pensaban sumarse a la pensión de jubilación de los directivos en el momento de retirarse. De esta forma, el 21 de junio de 2010 acordaron el pago por adelantado de 25,6 millonens aun cuando conocían la "delicada" situación en la que se encontraba la CAM y su "difícil viabilidad".

En noviembre de ese mismo año y pese al "crítico" estado de la entidad, eliminaron el requisito de permanencia de cinco años en el Comité de Dirección para percibir esta prestación. Además, modificaron el contrato incluyendo "fechas falsas" para lograr una "mejora sustancial" y conseguir tener "como referencia el nivel salarial de 2010, ejercicio con unas cuentas de resultados alteradas y artificialmente infladas", ocasionando un perjuicio bruto para la CAM de 2,14 millones de euros.

Además, la alteración de las cuentas de la CAM supuso que los exdirectivos cobraran la paga de beneficios, las aportaciones a los planes de pensiones, la retribución variable y el bono extraordinario a largo plazo "a sabiendas de que no les correspondía, pues conocían perfectamente la situación real de la entidad".

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