Ultimátum de Bruselas a los impuestos autonómicos a las grandes superficies. La Comisión Europea ha enviado un escrito al Gobierno español instando a nuestro país a suprimir o modificar dichos impuestos de manera que ya no plantearan problemas de ayudas estatales. "Tras el análisis preliminar y sobre la base de la información actualmente disponible, nos planteamos considerar la exención concedida a los pequeños comercios minoristas y a determinados establecimientos especializados como ayuda estatal incompatible", cita la comunicación al que ha tenido acceso Libre Mercado.
Se trata de una evaluación preliminar pero es muy novedosa la claridad con la que el organismo se expresa siempre acostumbrado a hacerlo de una manera mucho más técnica y no tan tajante. El director general adjunto de la Comisión, Gert-Jan Koopman, explica en la carta que las exenciones que contienen estos impuestos para determinados comercios no están justificadas y podrían ser consideradas como "ayudas estatales incompatibles".
La CE se pronuncia sobre este tema haciendo referencia a una denuncia presentada por la patronal española de grandes superficies (ANGED). Se trata del impuesto que se aplica en seis comunidades autónomas (Cataluña, Navarra, Asturias, Aragón, La Rioja y Canarias) a los grandes establecimientos de venta minorista. La denuncia de ANGED aduce que los impuestos aplicados por estas comunidades constituyen una ayuda estatal ilegal.
Estas seis regiones gravan a los establecimientos de venta minorista en función de su superficie para compensar el "impacto negativo de esta actividad sobre el medio ambiente y los costes de la planificación urbana". Sin embargo, establecen una serie de exenciones en función de las características de la superficie (por debajo de los 500 metros cuadrados) o de su especialización (centros de bricolaje, jardinería...).
El tipo impositivo oscila entre 2,4 €m2 en la isla de El Hierro (Canarias) y 17 €/m2 en Cataluña, La Rioja y Asturias. Por ello, ANGED alegaba en su denuncia que la fiscalidad aplicada al comercio minorista otorga una ventaja a los puntos de venta minorista más pequeños que están exentos del impuesto. Tras el "análisis preliminar", dice la Comisión, "las exenciones parecen conceder una ventaja selectiva a determinadas empresas".
Además, dice la Comisión que las evidencias preliminares derivarían en un procedimiento de investigación formal y que de confirmarse que las medidas constituyen una ayuda estatal incompatible el organismo "debe adoptar una decisión negativa y condenar al Estado miembro a suprimir o modificar la medida en el futuro, pero también debe condenar al Estado miembro a recuperar de los beneficiarios la ayuda ilegal concedida en el pasado".
Es decir, que los comercios minoristas, todas las pequeñas tiendas, deberían hacer frente al pago del impuesto íntegro de todos estos años. En algunas comunidades como Cataluña, este impuesto se aplicó hace diez años con lo que los pequeños establecimientos deberían pagar la parte correspondiente de la que se han estado beneficiando mediante exenciones.