La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha resuelto este lunes mantener la medida cautelar de suspensión de la denominada externalización sanitaria madrileña para evitar "perjuicios de imposible reparación", según ha informado fuentes del tribunal madrileño.
El fallo no resuelve el fondo del asunto; es decir, no se pronuncia sobre la forma en la que el Gobierno de Ignacio Gónzalez llevó a cabo la subasta de los hospitales públicos.
Esta decisión es exclusivamente en respuesta a un recurso de reposición presentado por la Comunidad de Madrid y las empresas adjudicatarias contra el auto de 11 de septiembre de 2013 por el que la misma Sección Tercera, a petición de la asociación médica AFEM, acordó paralizar la ejecución de la citada resolución.
El auto del TSJM no juzga el sistema sanitario propuesto por el Gobierno de Ignacio González ya que simplemente se limita a mantener la suspensión cautelar de la externalización sanitaria porque, de lo contrario, se podría crear una situación "irreversible".
La Sala explica que "la modificación del sistema de gestión de la atención sanitaria especializada de seis hospitales es de unas dimensiones cuantitativas tan extraordinarias que harían muy difícil, sino imposible, en caso de que no se accediera a la medida cautelar de la suspensión y se estimara el recurso, volver a la situación anterior".
Más de un millón de afectados
Asimismo, los magistrados sostienen que de no continuar paralizada la reforma sanitaria se crearían "situaciones jurídicas irreversibles" haciendo ineficaz la sentencia que el tribunal dictara en un futuro resolviendo sobre la subasta pública.
En el auto, la Sección valora para mantener la suspensión cautelar que la puesta en marcha de la externalización sanitaria "alcanza a seis hospitales que cuentan con 1149 camas, más 4 centros de especialidades y 4 centros de salud mental. Afecta a 92 municipios, más dos distritos de Madrid. Engloba a una población sanitaria de de 1.151.588 personas, que son el 18,2% de las que tienen tarjeta sanitaria en la Comunidad de Madrid".
Asimismo, la Sala destaca que la entrada en vigor del nuevo modelo sanitario en esos seis hospitales "abre un proceso de opciones, decisiones y de movilidad" en el personal laboral que podría causar "un perjuicio de difícil reparación".
El TSJM se ha pronunciado así tras el Pleno de la Sala que acordó devolver a las secciones Tercera y Octava los recursos que tienen por objeto la impugnación de la resolución de 30 de abril de 2013 de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Por la misma se hizo pública la convocatoria para la licitación del contrato de servicios denominado 'Gestión por concesión del servicio público de la atención sanitaria especializada correspondiente a los Hospitales Universitarios Infanta Sofía, Infanta Leonor, Infanta Cristina, Del Henares, Del Sureste y del Tajo'.
En la misma línea, los magistrados que integran la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso han declarado también la suspensión del proceso de externalización sanitaria, en otros dos recursos contenciosos, en esta ocasión a solicitud de la asociación médica AMYTS.
En conclusión, la Sección Tercera considera, en todos los casos, que dadas las circunstancias que concurren y que pormenorizadamente se exponen en las tres resoluciones, de no aceptarse la petición de medida cautelar de suspensión se podrían producir perjuicios de difícil o imposible reparación.