En los últimos días se ha venido afirmando en diversos medios e incluso desde la Agencia Tributaria que las grandes empresas tributan tan sólo a un 4,13% de sus beneficios. Cifra que, obviamente, se utiliza para justificar reiteradas subidas de impuestos a estas empresas y para contraponer la injusta diferencia de tributación de las grandes corporaciones frente a las Pymes.
Sin embargo, las grandes empresas no pagan sólo esta proporción. En realidad, y tras usar una corrección en los cálculos (una metodología utilizada por la propia Dirección General de Tributos), los grupos consolidados habrían pagado en 2012 más del 13% y las grandes empresas el 27%. Porcentajes muy lejos de la versión oficial de los partidos políticos y la mayoría de medios de comunicación.
Pagan más del 4,13%
En primer lugar, lo que torticeramente se llama grandes empresas que apenas pagan impuestos, en realidad son las empresas que aplican un régimen especial de consolidación fiscal. Pero a este régimen pueden acogerse los grupos de empresas grandes y pymes, aunque sean mayoría las primeras. Al mismo tiempo, no todas las grandes empresas forman grupos consolidados. Luego, no es correcto y es demagógico afirmar que las grandes empresas pagan apenas el 4% de impuestos.
Por otra parte, la cifra del 4,13% se explica atendiendo a las estimaciones contenidas en el Informe Económico y Financiero que acompaña al proyecyo de ley de Presupuestos Generales del Estado para el 2014. Según este informe, las subidas de impuesto del Gobierno han elevado en 2012 la tributación efectiva de estas empresas un 18% en comparación al ejercicio 2011, año en el que, según el último Informe Anual de Recaudación de la Agencia Tributaria, estas empresas pagaron tan sólo el 3,5% de sus beneficios.
No obstante, tampoco es cierto que sólo pagaran el 3,5% de sus beneficios, como dice la Agencia. El motivo es que este cálculo omite una necesaria corrección del tipo efectivo que permitiría hallar una medida de tributación efectiva más realista. Por cierto, esta corrección es utilizada por los técnicos de la propia Dirección General de Tributos en sus análisis de la recaudación fiscal de cada año.
La tributación efectiva corregida
La mencionada corrección se basa en descontar el efecto de las deducciones que corrigen la doble imposición. La doble imposición se produce cuando se tributa dos veces por la misma renta. Por ejemplo, los beneficios de una empresa derivados de haber recibido dividendos de una participada están sujetos al impuesto. Sin embargo, esos dividendos fueron beneficios que ya pagaron en la empresa que los distribuyó. Se produce así una imposición en la empresa que los recibe y en la que los distribuyó.
Para corregir este efecto, el Impuesto permite aplicar estas "deducciones por doble imposición" a las empresas que reciben esas rentas que ya tributaron en su momento, y así evitar pagar dos o más veces por lo mismo. Tradicionalmente, éstas son las deducciones más elevadas que aplican las empresas, sobre todo las grandes, porque están más internacionalizadas y tienen más vínculos de propiedad con otras empresas.
El problema es que estas deducciones distorsionan enormemente el cálculo del tipo efectivo. En palabras de la Dirección General de Tributos (página 205 del documento enlazado), las deducciones por doble imposición son "minoraciones técnicas que no persiguen eximir de tributación ciertas rentas, sino evitar gravar dos o más veces los mismos beneficios". Es decir, con estas deducciones no se pretende favorecer o reducir los impuestos a las empresas, no es una concesión que privilegia a las entidades, sino que se pretende evitar que se pague dos o más veces por lo mismo.
Aislar esta distorsión a la hora de calcular la tributación efectiva de las empresas conduce a que debamos excluir estas minoraciones por doble imposición del cálculo del tipo efectivo (que es lo que realmente se paga en impuestos respecto al beneficio o resultado contable). Y el resultado es que el tipo efectivo descontando esta corrección, aumenta.
Lo que realmente pagan en impuestos
Tras excluir las minoraciones por doble imposición, y teniendo en cuenta los datos del Informe Anual de Recaudación 2012 de la Agencia Tributaria, obtenemos una tributación efectiva corregida para los grupos consolidados para el ejercicio 2011 de poco más del 11% aproximadamente, en lugar del 3,5% mostrado por la Agencia. Si a esto le añadimos el 18% de incremento anunciado en el Informe Económico y Financiero, obtenemos que los grupos tributarán a poco más del 13% en 2012.
Es decir, las medidas del Gobierno habrían incrementado los impuestos a estos grupos más del triple de lo anunciado a bombo y platillo por la Agencia, los partidos políticos y algunos medios. Y si aun así puede parecer poco el nivel de tributación efectiva, ésta se debe en muy buena medida a las pérdidas (compensables fiscalmente) que estos grupos han acumulado durante la crisis.
Respecto a las grandes empresas (que no consolidan), la tributación efectiva corregida ascendería aproximadamente a más del 23% en 2011. Si, hipotéticamente, aplicamos el mismo incremento del 18% para las grandes empresas y no sólo a las consolidadas (aunque aquí nos faltan detalles que expliquen este incremento), obtendríamos una tributación efectiva corregida para las grandes empresas del 27% en 2012. Así pues, ambas cifras están muy alejadas de la tradicional propaganda utilizada para subir los impuestos.