No todo son subidas de impuestos. El informe sobre el Anteproyecto de Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, presentado el pasado viernes, incluye hasta cinco medidas destinadas a recortar algo los tributos que pagan las empresas españolas. Supondrán un montante de unos 2.000 millones, aunque la mitad en realidad sólo se diferirá, mientras se espera a cobrar el IVA efectivamente pagado. Los beneficiados serán principalmente autónomos y pymes, pero también la inversión en I+D y los nuevos proyectos sacarán tajada.
Hacienda siente que este anuncio pasó un poco desapercibido entre todas las medidas anunciadas en la esperada Ley de Emprendedores. Sólo el IVA de caja (las pequeñas compañías podrán diferir el pago del impuesto hasta que cobren la factura) se llevó algún titular. Sin embargo, en el mismo paquete se incluían importantes novedades para el sistema tributario español. La más importante quizás sea la aprobación de un nuevo incentivo fiscal a la I+D, que incluye la posibilidad de lo que los expertos denominan "impuesto negativo". Es decir que, por una vez y sin que sirva de precedente, podría ser que Hacienda le pagase por esta cuestión.
1. Incentivos fiscales a la I+D: le costará unos 427 millones de euros al año a las arcas públicas, a partir del año 2015. Hasta ahora, la inversión en I+D (Investigación y Desarrollo) ya estaba bonificada con deducciones en la cuota del Impuesto de Sociedades y con un margen de 18 años para compensar esas deducciones. Pero claro, para beneficiarse de las mismas, había que tener beneficios. Ahora, Hacienda introduce una novedad, si una empresa no tiene beneficios (ni cuota) en el año en que realiza la inversión y en el siguiente, podrá solicitar la "devolución del crédito fiscal que no haya podido utilizar". Es decir, que recibiría dinero del Gobierno.
El objetivo de esta medida es no desincentivar las inversiones en I+D (recuerden, todo esto del cambio de modelo productivo). Y el límite de la deducción abonada no podrá superar los 3 millones de euros. Además, Hacienda aplicará un recorte del 20% en el importe a pagar a la empresa por la deducción.
2. IVA de caja: es la medida más conocida del paquete. Las empresas con hasta dos millones de cifra de negocio podrán diferir el pago del IVA hasta que cobren la factura (ahora están obligadas a pagar al emitirla). Según Hacienda, el límite de 2 millones viene puesto desde Bruselas, aunque no evitará que hasta 2,3 millones de autónomos y micropymes se beneficien de esta reforma.
Apuntarse a esta nueva forma de cobro del IVA será voluntario y exigirá obligaciones para las empresas, como llevar un libro de registro de pagos con las entradas y salidas de cash. Eso sí, tendrá implicaciones sobre los clientes, puesto que tampoco podrán deducirse el impuesto hasta que no hayan abonado la factura (algo más o menos lógico, pero que algunas asociaciones de autónomos creen que generará tensiones).
El límite para diferir el pago del IVA será el 31 de diciembre del año siguiente a la emisión de la factura. Es decir, que un trabajo realizado en enero y no pagado, ofrecería un margen de casi dos años antes de tener que cumplir con el fisco. Eso sí, hasta enero de 2014 no entrará en vigor una medida que el Gobierno calcula que supondrá unos 983 millones menos de recaudación para el próximo ejercicio. Hay que aclarar que esto no es exactamente un recorte de impuestos, puesto que esa cifra se cobrará sí o sí en 2015 (y lo diferido ese año, en el siguiente y así sucesivamente).
3. Deducciones a la reinversión: cuantitativamente es la segunda medida más relevante, porque el Gobierno cree que supondrá hasta 624 millones de euros de ahorro para el contribuyente. Ya existía en supuestos de beneficios extraordinarios y ahora se amplía a todos los beneficios. Eso sí, sólo las empresas con una cifra de negocios inferior a los 10 millones de euros podrán beneficiarse. El importe de la deducción será igual al 10% de la cuota integral del Impuesto de Sociedades. Según las cuentas de Hacienda, con esta medida, los beneficios invertidos y no distribuidos tributarán al 15% o al 20%. El cálculo oficial apunta a que unas 200.000 personas físicas y unas 185 sociedades se acogerán a esta medida.
4. Patent box: no se ha hablado mucho de esta cuestión, pero es una novedad relevante. Los ingresos derivados de la cesión del uso o explotación de activos intangibles (vamos, el dinero que se saque una empresa con sus patentes) tendrán un descuento en el Impuesto de Sociedades. El porcentaje de integración en la base imponible de este tributo será del 40% cuando la sociedad cedente haya creado esos activos y del 60% (algo menos de ahorro) cuando los haya adquirido de otro. El objetivo es crear un mercado competitivo de activos intangibles, un campo en el que España se sitúa a la cola de la UE.
5. Business Angels: las novedades en este tema siempre hacen mucho ruido, pero apenas supondrán 6 millones de euros al año, así que hay que asumir que todavía nos queda mucho camino por recorrer. Básicamente, la intención del Gobierno es incentivar que los españoles inviertan, como personas físicas, en las empresas nacientes de amigos, familiares, etc... Para conseguirlo ha aprobado una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF, por las participaciones de hasta 20.000 euros. Es decir, que si pones 20.000 euros en la empresa de tu hijo, puedes deducirte 4.000 euros en la declaración de la renta.
Los requisitos serán mantener la inversión entre 3 y 12 años, que la entidad sea de nueva creación y que la participación del contribuyente y sus familiares no supere el 40%. Además, las ganancias también estarán exentas de tributar si se reinvierten en un negocio similar. Más de 1.000 empresas podrán beneficiarse de esta medida.