Casi seis millones de personas sin trabajo es una cifra sin precedentes en nuestra historia. Este desastre tiene multitud de causas, entre las que cabe destacar la comprobada ineficiencia del servicio público de empleo (SPE): ¡las empresas de trabajo temporal (ETT) colocan 4,8 veces más gente que el SPE, con sus 22.000 funcionarios y un presupuesto de 37.941 millones de euros (2012)!
Mi experiencia en el mundo nórdico del empleo, y lo que conozco que ocurre en otros lugares, me permite creer que la ampliación de la oferta a través de la colaboración público-privada, junto con una libertad de elección real, podría dar paso a un sistema de apoyo al desempleado más dinámico y eficaz.
Con las reformas introducidas por la Ley 35/2010, de 17 de septiembre 2010, hoy sería posible, sin alterar el marco legal, llevar a la práctica una propuesta que elaboré en 2010 pensando en una comunidad tan dinámica como la de Madrid. Estaba centrada en el Bilma (Bono de Inserción Laboral Madrileño), financiado con fondos públicos, que otorgaría a los desempleados la libertad de elegir, dentro del ámbito de colaboración público-privado, al proveedor de su preferencia.
Los objetivos del Bilma serían los siguientes:
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Crear un sistema más dinámico y eficaz a través de la competencia y la libre elección de los usuarios. Las empresas privadas de colocación (acreditadas ante el Servicio Regional de Empleo Estatal) se sumarían a la elaboración y gestión de los programas de orientación, formación e intermediación laboral de responsabilidad pública.
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Ampliar la oferta para apostar, especialmente en tiempos de crisis, por la formación ocupacional, con el fin de incentivar la pronta vuelta al mercado laboral y no las subvenciones por desempleo.
- Conferir al usuario libertad en la elección de un plan de reinserción laboral basado en sus necesidades específicas y asistido por las agencias profesionales, que competirían entre sí y por ello se verían obligadas a poner al usuario en el centro.
Una fórmula para incentivar la obtención de logros reales en términos de acceso al empleo podría ser que el cobro del bono fuera del 50% por cada usuario que haya establecido un plan de reinserción laboral y participado en alguno de los momentos de formación ocupacional contemplados en el mismo. El cobro del 50% restante se haría efectivo una vez lograda la inserción laboral y probado el seguimiento del cliente, a fin de que mantenga el empleo.
Lo importante no es quién tiene la gestión, sino que los programas de formación e inserción laboral de responsabilidad pública sean de calidad y eficaces, y que los usuarios estén satisfechos y también, por supuesto, que las leyes y las reglas se cumplan.
La experiencia de otros países es un excelente referente a la hora de pensar en reformas, con la certidumbre de que al final todas las sociedades se han visto enfrentadas a problemas similares.