El Gobierno pedirá al Pacto de Toledo que valore si, en el momento actual de dificultades económicas, habría que permitir que los empleados públicos se jubilaran anticipadamente de manera voluntaria, máxime ante el coste que supondría para la Seguridad Social autorizar esta medida, según consta en un informe, al que ha tenido acceso Europa Press, que el Ejecutivo ha enviado al Parlamento.
Actualmente, los empleados públicos no pueden jubilarse anticipadamente de manera voluntaria, salvo los de clases pasivas, entre los que se encuentran la mayoría de los docentes y los cuerpos de Seguridad del Estado y que ascienden a cerca de un millón. La figura de la jubilación anticipada y parcial para los empleados públicos viene reconocida en su Estatuto Básico, aprobado hace cinco años, pero lleva casi el mismo tiempo esperando un reglamento que permita que éstas sean posibles entre los empleados públicos que no pertenecen a clases pasivas. Desde el 1 de enero de 2011, los empleados públicos ya no pueden inscribirse en el régimen de clases pasivas, sino que están obligados a hacerlo en el Régimen General.
"Habría que valorar si la jubilación anticipada por voluntad del trabajador se extiende o no a los empleados públicos, teniendo en cuenta el coste que supone para la Seguridad Social en anticipar pagos (máxime en unos momentos de dificultades económicas), la incidencia de jubilaciones masivas en el sector público o el precedente de aplicación de fórmulas de anticipación a la jubilación, respecto de otras figuras como la jubilación parcial", reza el documento.
Ahorro de costes
Esta propuesta forma parte de un conjunto de ideas que el Gobierno quiere discutir en el marco del Pacto de Toledo para frenar las jubilaciones anticipadas y parciales en el sistema, con el consiguiente ahorro de costes que ello supondría para las arcas de la Seguridad Social. El Ejecutivo apoya sus propuestas en datos. En 2011 se jubilaron anticipadamente, incluyendo los que accedieron a la jubilación parcial, un total de 111.648 trabajadores, el equivalente al 40,53% del total de altas de jubilación al sistema, proporción que asciende hasta el 50,69% en el caso del Régimen General.
El Gobierno precisa que las altas de pensión de jubilación con 65 o más años superaron a las anticipadas, aunque lo achaca a que los trabajadores autónomos no adelantan su retiro. Eso sí, añade que en el Régimen General la jubilación anticipada ha sido más frecuente que la jubilación a la edad legal. De hecho más del 50% de las jubilaciones de 2010 y 2011 fueron anticipadas.
Antes incluso de haber entrado en vigor la última reforma de pensiones (lo hará el 1 de enero de 2013), el Gobierno ha hecho cálculos y quiere introducir algunos cambios en la regulación actual, que permite jubilarse anticipadamente a los 61 años de manera voluntaria, siempre que se cumplan determinados requisitos.
Las propuestas del Ejecutivo pasan por adecuar la edad de acceso a la jubilación anticipada a la que en cada momento está establecida como edad legal. Y es que, a partir del 1 de enero de 2013 y hasta 2027, la edad legal para jubilarse irá creciendo progresivamente desde los 65 a los 67 años, por lo que el Gobierno entiende que también debería subirse la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada. El Ejecutivo también plantea en este informe actualizar el periodo mínimo de cotización exigido para tener acceso a la jubilación anticipada, así como ajustar los coeficientes reductores de la cuantía de la pensión.
En el caso de la jubilación parcial, también propone adecuar la edad de acceso a la misma a la edad ordinaria de jubilación, modificar la jornada laboral de los jubilados parciales, prolongar la duración de los contratos de relevo, y adecuar el periodo mínimo de cotización exigido para poder disfrutar de esta figura.
Pensión y trabajo
En un segundo informe remitido a la Comisión del Pacto de Toledo, el Ejecutivo propone una serie de medidas para facilitar el cobro de una pensión con un trabajo, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia.
Así, el Gobierno quiere que se permitan ambas cosas siempre que se acceda a la pensión de jubilación a la edad ordinaria. Eso sí, la pensión a percibir sería en el porcentaje que fuese posible teniendo en cuenta la viabilidad del sistema de pensiones y las rentas que cobrara el jubilado por ese trabajo.
Además de acreditar la edad de acceso ordinario a la jubilación, para que trabajo y pensión sean compatibles se necesitarán otros requisitos, entre ellos que el trabajo a desarrollar fuera en el sector privado (no pudiendo aplicarse al sector público). Además, el Gobierno plantea que no sería obligatorio cotizar por las actividades realizadas, "sin perjuicio de que se pudiesen establecer cotizaciones de solidaridad", pero sin efecto en las prestaciones.