La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) considera que la nueva ley contra el fraude aprobada por el Gobierno puede suponer una pérdida de los derechos y garantías del ciudadano, ya que contiene medidas que suponen un "fuerte endurecimiento" de las sanciones en situaciones que no tienen por qué venir determinadas por la existencia de un fraude a la Hacienda Pública.
Según el presidente de Aedaf, Antonio Durán-Sindreu, la lucha contra el fraude fiscal debe ser una prioridad para la administración tributaria, pero no puede utilizarse como "excusa para menoscabar los derechos y las garantías de los ciudadanos".
Además, Aedaf indica que las modificaciones que esta ley incluye en la Ley General Tributaria, tanto en materia de sanciones como de responsables, incumplen los principios de proporcionalidad y de seguridad jurídica, introduciendo "grandes dosis de arbitrariedad".
En este sentido, advierten de que, por ejemplo, con la literalidad de la norma, si un contribuyente es llamado para presentar un documento en un procedimiento de comprobación y por desconocimiento o por brevedad del plazo comparece sin él, puede ser sancionado, a discreción del funcionario, con una multa mínima de 1.000 euros, superior al salario mínimo interprofesional.
En opinión de Durán-Sindreu, el calado de las medidas que se incluyen en esta ley requiere una reflexión profunda de los representantes de la soberanía popular en el poder legislativo para determinar hasta dónde se pueden erosionar los derechos y las garantías de los ciudadanos en aras de la lucha contra el fraude.
Entre los ejemplos que Aedaf considera "abusivos", destaca que se tipifica como infracción presentar una declaración en papel cuando sea obligatoria su presentación por vía telemática y la sanción asciende a 1.500 euros, así como la multa de 1.000 euros para particulares o 3.000 para empresarios por no atender al primer requerimiento de la administración o por no aportar la información requerida en el plazo concedido.
También consideran desproporcionado, respecto a la nueva declaración de bienes en el extranjero, que la sanción por presentarla fuera de plazo ascienda a 1.500 euros, y si se omite algún bien, tenga el valor que tenga, la sanción sea de 5.000 euros por cada dato omitido, con un mínimo de 10.000 euros.