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Francisco Aranda

No cuidamos la marca España

Uno de los ingredientes que conforma la imagen de país es la seguridad jurídica. A mayor grado de seguridad jurídica, mayor inversión económica.

Uno de los ingredientes que conforma la imagen de país es la seguridad jurídica. A mayor grado de seguridad jurídica, mayor inversión económica.

La marca España no es algo etéreo o gaseoso, sino que se trata del resultado de la suma de una serie de conceptos muy concretos y reales. Me sorprende cuando oigo hablar de la marca España como si se tratara de construir una realidad aparte ideada en un escenario inventado de cartón-piedra. La marca de un país no es un proyecto independiente y diferenciado de su realidad, sino que se trata de transmitir unos valores reales concretos que son compartidos por la gran mayoría de una sociedad y que, eso sí, se proyectan adecuadamente al exterior.

Pues bien, si vamos a nuestra realidad no parece que la imagen de nuestro país esté siendo la más adecuada porque el número de empresas que desaparecen es superior al de empresas que se constituyen, tenemos una pobre atracción de inversiones extranjeras y estamos siendo objeto de una fuga muy importante de capitales.

Estas circunstancias no son fruto de la casualidad, ni de la mala suerte, sino que se trata de una consecuencia de la realidad que estamos transmitiendo con nuestro errático día a día. Uno de los ingredientes que conforma esa imagen de país es la seguridad jurídica, una de las tres características básicas de un Estado de Derecho, junto con el respeto a los derechos humanos y la libertad y, por último, la justicia y la paz social.

A mayor grado de seguridad jurídica, mayor inversión económica y, por lo tanto, más bienestar para un país. El concepto de seguridad jurídica ha sido incorporado ya a cualquier ranking de competitividad de países. La seguridad jurídica es un concepto chivato del funcionamiento del ordenamiento jurídico y que, en España, incluso está recogido en nuestra Constitución (artículo 9.3). Sin embargo, no parece que nuestra realidad de país lo ampare. Para ello pondré cuatro ejemplos de falta de seguridad jurídica que sólo hacen espantar inversores en nuestro país.

Resulta muy difícil entender que en los últimos meses deambule por España un falso Robin Hood que, financiado con las subvenciones de todos los ciudadanos, se dedica a asaltar empresas con total impunidad. Algunos no le dan importancia, calificándolo de caricatura, sin embargo, fuera de nuestras fronteras es muy difícil explicar cómo es posible que un representante de la Administración Pública, él es alcalde, y del poder legislativo (también es diputado), acompañado de un nutrido grupo de acólitos invada supermercados, hoteles, explotaciones agrícolas o bancos sin ninguna consecuencia jurídica. E incluso es invitado a las televisiones para que explique sus continuas actividades de desobediencia civil.

El segundo ejemplo que, a mi juicio, transmite nuestra poca seguridad jurídica es el resultado que está teniendo en algunos tribunales la reciente reforma laboral, afortunadamente aprobada por una amplia mayoría del Congreso de los Diputados. Uno de sus objetivos era generar certidumbre y, sin embargo, está provocando justo lo contrario. Cuando sólo habían transcurrido unas pocas semanas desde su aprobación ya se dictaban sentencias contradictorias que aportaban soluciones diferentes a situaciones similares. En cuestión de ERES, despidos y salarios de tramitación hay interpretaciones heterogéneas.

El tercer aspecto que me parece que atenta a nuestra seguridad jurídica es lo ocurrido en los últimos años con los pagos a proveedores por parte de diferentes administraciones públicas. Resulta que se aprueba una ley que les impone una fecha máxima para pagar a sus proveedores y no la cumplen, hasta el punto de que el Gobierno central, afortunadamente, tiene que otorgar un crédito especial para que los diferentes morosos públicos cumplan con su deber de pagar por los productos o servicios prestados.

El cuarto aspecto que ataca a nuestra seguridad jurídica y, por lo tanto, a la marca España, es la proliferación normativa. Tenemos varias administraciones, solapadas en muchas ocasiones, que vomitan cada día cientos de páginas. Se trata de una masiva proliferación normativa que, por justificada que pueda estar, amenaza al mismo fin primordial de seguridad o certeza que todo ordenamiento jurídico debe cumplir. En muchas ocasiones, las normas legales no sirven de cauce para ordenar la concurrencia de intereses en la convivencia colectiva, sino que acaban convirtiéndose en un obstáculo o una compleja red que, en lugar de canalizar, entorpece el normal desarrollo de esa convivencia.

En España hay en vigor más de 100.000 leyes, decretos leyes, reglamentos, disposiciones, etc., además de un millón de páginas de boletines de comunidades autónomas y del propio BOE. Sólo en el año 2010, por ejemplo, España publicó 276 leyes, quince leyes forales, nueve leyes orgánicas, 349 reales decretos, un real decreto legislativo, 14 reales decretos leyes, 543 órdenes ministeriales y 774 reglamentos. Eso es un disparate económico que genera costes innecesarios y lastra nuestra competitividad. Habría que legislar menos y mejor. Debe haber las leyes necesarias, que sean fáciles de entender y que tengan un recorrido largo. 

En Libre Mercado

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