El Ministerio de Economía y Hacienda está tramitando el proyecto de Orden Ministerial (OM) de Transparencia Bancaria que legitimará a las entidades financieras la inclusión de los swaps y las cláusulas suelo en los préstamos hipotecarios, ambas prácticas pendientes de calificación en los tribunales, según el texto de la OM, al que tuvo acceso Europa Press.
Además, la propuesta de legislación contempla permitir a las entidades financieras cobrar a los clientes por asesorar e informar sobre sus productos y elimina la obligación de registro y control de las comisiones a cobrar por los servicios en el Banco de España.
El pasado 29 de julio, Economía y Hacienda publicó esta OM y abrió el periodo de audiencia pública, que finalizó el pasado 6 de septiembre. La nueva legislación podría ser aprobada antes de la disolución de las cortes y la celebración de las elecciones generales del próximo 20 de noviembre, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.
Sin embargo, las patronales del sector financiero (AEB y CECA) y las asociaciones de consumidores acordaron ayer durante la celebración del Comité Consultivo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), consensuar un escrito de rechazo a su aprobación, según informaron a Europa Press fuentes conocedoras del acuerdo.
Las mismas fuentes explicaron que los motivos de rechazo de las entidades financieras y los representantes de los consumidores son "radicalmente distintos", pero ambos coinciden en rechazar la "precipitación".
El sector financiero considera que esta legislación podría ser más restrictiva que las Directivas Europeas de transparencia bancaria, mientras que las asociaciones de consumidores mantienen que supone un peligro para los derechos de los clientes y avala prácticas bancarias que los tribunales están pendientes de determinar si son o no "abusivas".
En concreto, la propuesta de OM, que pretende sustituir a la actual Orden de Transparencia de 1989, permite incluir en las hipotecas los swaps (seguros frente a la subida de los tipos de interés) y las cláusulas suelo (límite a la bajada de los tipos) con la única obligación de que sea el notario el que informe al cliente y controle la legalidad de las cláusulas antes de firmar el préstamo.
Además, introduce por primera vez la posibilidad de que los bancos cobren a los clientes por asesorarles sobre sus servicios financieros, sin fijar cantidades concretas y dejando abierta la posibilidad de que el servicio sea gratuito.